![]() en lugar de formar parte del impuesto a la utilidad del ejercicio dentro del estado de resultados. activo y de la participación de los trabajadores en la utilidad. Los cambios más importantes atribuibles a esta norma son los siguientes: nocimiento de impuestos diferidos por el total de las diferencias entre el valor contable y fiscal de activos y pasivos, sin importar si son permanentes o no; gasto ordinario se excluye de esta norma, y se reubica a la vo por impuesto diferido sólo en aquellos casos en los que exista la posibilidad de su realización, y nos que se identifique con partidas reconocidas en el capital contable y que formen parte de la utilidad (pérdi- da) integral y que no hayan sido llevadas a resultados. rativos de años anteriores no fueron modificados. La adopción de esta NIF no tuvo ningún efecto en los estados financieros consolidados de la Compañía. o no el resultado integral de financiamiento. evitado si su adquisición no se hubiera realizado, que comprende en el caso de financiamientos en mone- da nacional a los intereses y posición monetaria, y en el caso de financiamientos en moneda extranjera, también incluye a los resultados cambiarios, ya sea de utilidad o pérdida, indistintamente. Los activos ca- lificables son aquellos que son adquiridos para uso propio y que requieren de un período prolongado de adquisición o construcción para poder usarlos, o bien, sobre aquellos que son adquiridos para ser vendidos o arrendados, incluyendo inventarios que toman un pe- ríodo prolongado para concretar su adquisición para tenerlos en condiciones de venta. La capitalización del resultado integral de financiamiento inicia y continúa mientras se hayan iniciado las inversiones para su adquisición, se estén llevando a cabo las actividades necesarias para dejar el activo en condiciones de uso o venta y los intereses se estén devengando. se hará ya sea considerando la parte proporcional atribuible a los montos de los financiamientos utili- |