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infORME AnUAL 2009
Específico" (
EPE
) y establece los casos en los cua-
les la entidad tiene control sobre la
EPE
, y cuando la
Compañía debe consolidar este tipo de entidad; (b)
establece que los derechos de voto potencial deben
ser analizados al evaluar la existencia de control so-
bre la entidad; y (c) establece nuevos términos para
"participación controladora" en lugar de "interés ma-
yoritario", y "participación no controladora" en lugar
de "interés minoritario".
La adopción de esta
NIF
no tuvo ningún efecto en los
estados financieros consolidados de la Compañía.
nIF C-7
, Inversiones en asociadas y otras
inversiones permanentes
La
NIF C-7
fue emitida por el
CINIF
en Diciembre de
2008
y describe el tratamiento de las inversiones en
asociadas y otras inversiones permanentes, las cuales
fueron previamente tratadas con el Boletín
B-8
Estados
financieros consolidados. Esta
NIF
requiere el reconoci-
miento de una Entidad de Propósito Específico a través
del método de participación. También establece que
los derechos de voto potencial deben ser considerados
al analizar la existencia de influencia significativa.
Adicionalmente esta norma define el procedimiento y lí-
mite en el reconocimiento de pérdidas de la asociada.
La adopción de esta
NIF
implicó para la Compañía
considerar la inversión en Egipto como otra inversión
permanente y no como asociada a partir del 1 de ene-
ro de
2009
, y por lo tanto dejar de reconocer el método
de participación sobre esta inversión.
nIF C-8
, Activos intangibles
Esta norma reemplaza el Boletín
C-8
, Activos intan-
gibles y define activos intangibles como partidas no
monetarias y establece un criterio de identificación,
indicando que el activo intangible debe poder ser se-
parado; lo cual significa que dicho activo puede ser
vendido, transferido o utilizado por la entidad. Adicio-
nalmente, el activo intangible deriva de una obligación
legal o contractual, ya sea que dichos derechos sean
transferidos o separables por la entidad.
Por otro lado, esta norma establece que los costos pre-
operativos deben ser eliminados del saldo capitalizado,
afectando los resultados acumulados y sin reestructurar
estados financieros de periodos anteriores.
Este monto debe ser presentado como un cambio
contable en los estados financieros consolidados.
La adopción de esta NIF no tuvo ningún efecto en los
estados financieros consolidados de la Compañía.
nIF D-8
, Pagos en acciones
La
NIF D-8
establece el reconocimiento de pagos en
acciones. Cuando una entidad compra bienes o paga
servicios mediante pagos en acciones, se requiere que
la entidad reconozca estos bienes o servicios a su valor
razonable y el correspondiente incremento en capital.
De acuerdo con la
NIF D-8
, si los pagos en acciones no
pueden ser fijados mediante instrumentos de capital
no tienen por qué serlo utilizando un método indirecto
considerando los parámetros de la
NIF D-8
.
La adopción de esta
NIF
no tuvo efecto material en los
estados financieros consolidados de la Compañía.
nIF 18
, Reconocimiento de los efectos de la Refor-
ma fiscal
2010
en los impuestos a la utilidad
Con fecha
15
de diciembre de
2009
, el
CINIF
publicó
la Interpretación a la
NIF 18
(
INIF
), con la finalidad de
dar respuesta a los cuestionamientos surgidos como
consecuencia de la publicación y entrada en vigor de
la Reforma fiscal
2010
, respecto al reconocimiento
contable que debe hacerse de los estados financieros
de las entidades.
Esta
INIF
establece ciertos parámetros para el re-
conocimiento de las modificaciones realizadas en
la Reforma Fiscal, principalmente en lo relativo a
cambios de tasas de impuesto sobre la renta, modi-