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ficaciones al régimen de consolidación fiscal, funda-
mentalmente lo relativo a pérdidas fiscales, pérdidas
por enajenación de acciones, conceptos especiales
de consolidación, dividendos distribuidos no prove-
nientes de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (
CUFIN
),
beneficios fiscales por consolidación y diferencias
entre la
CUFIN
. Ver efectos de la aplicación de esta
INIF
en la Nota
23
.
A continuación se comenta lo más relevante de los
pronunciamientos que entraron en vigor en
2008
:
nIF B-2
, Estado de flujos de efectivo
Esta
NIF
fue emitida por el
CINIF
en noviembre de
2007
, y reemplaza al Boletín
B-12
, Estado de cam-
bios en la situación financiera. Con la emisión de
esta norma el estado de flujos de efectivo sustituye
al estado de cambios en la situación financiera. Las
principales diferencias entre ambos estados radican
en que el estado de flujos de efectivo mostrará las
entradas y salidas de efectivo que ocurrieron en la
entidad durante el período; mientras que el estado
de cambios en la situación financiera mostraba los
cambios en la estructura financiera de la entidad, y
no los flujos de efectivo. En un entorno inflacionario
ambos estados se presentan a pesos constantes; sin
embargo, en el proceso de preparación del estado de
flujos de efectivo, primeramente deben eliminarse los
efectos de la inflación del período y, sobre dicha base,
se determinan los flujos de efectivo a pesos cons-
tantes mientras que en el estado de cambios no se
eliminan los efectos de la inflación del período.
La
NIF B-2
establece que en el estado de flujos de
efectivo primero se deben presentar los flujos de
efectivo de las actividades de operación, después los
de inversión y, finalmente, los de financiamiento. La
presentación del estado de cambios parte de las acti-
vidades de operación, después las de financiamiento
y, al final, las de inversión. Bajo esta nueva norma
los estados de flujos pueden determinarse mediante
la aplicación del método directo o del indirecto.
Conforme a las reglas de transición de la
NIF B-2
, se
indica que la aplicación de la misma es prospecti-
va, por lo que se incluye el estado de cambios en la
situación financiera de
2007
preparado con base al
Boletín
B-12
.
nIF B-10, Efectos de la inflación
La
NIF B-10
, Efectos de inflación, fue emitida por el
CINIF
en julio de
2007
. Esta
NIF
define los dos en-
tornos económicos que determinarán si la entidad
debe o no reconocer los efectos de la inflación en su
información financiera:
1
) inflacionario, que es aquél
en que la inflación es igual o mayor a un
26%
acumu-
lado en los tres ejercicios anuales anteriores (prome-
dio anual de
8%
); y
2
) no inflacionario, que es aquél
en que la inflación acumulada en los tres ejercicios
anuales anteriores es menor al citado
26%
. Con base
en estas definiciones, la norma requiere que los efec-
tos inflacionarios en la información financiera se re-
conozcan únicamente cuando las entidades operen
en un entorno inflacionario.
Esta norma también establece las reglas contables
aplicables cuando una entidad cambia de un entor-
no económico al otro. Cuando se pasa de un entorno
inflacionario a un entorno no inflacionario la entidad
debe mantener en sus estados financieros los efectos
de inflación reconocidos hasta el período inmediato
anterior, ya que los importes del cierre del período
anterior se convierten en las cifras base de los esta-
dos financieros del período de cambio y de los perío-
dos subsecuentes.
si la economía cambia de un entorno no inflacionario
a un entorno inflacionario, los efectos de la inflación
en la información financiera deben reconocerse me-
diante la aplicación retrospectiva de esta norma, por
lo tanto, los estados financieros básicos de períodos
anteriores deben ajustarse para reconocer los efectos
acumulados de la inflación que existió durante todos
los períodos en los que se estuvo operando en un
entorno no inflacionario.